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El área de políticas de la competencia explica a Consumidores a hacer valer sus Derechos Imprimir E-mail
miércoles, 29 de octubre de 2008

Derechos del consumidorExplicaron en detalle los derechos que tienen los ciudadanos en materia de compra de celulares, bienes muebles y la adquisición de tarjetas de crédito y servicios.

Desde el área de Políticas de la Competencia, Protección y Educación para el consumo del gobierno del Chaco instan para que los usuarios hagan cumplir los derechos de consumidores. Así, el coordinador del área Ricardo Marimón, detalló algunas cuestiones en lo que respecta a las compras de celulares y bienes y servicios y a la adquisición de tarjetas de crédito.
Aclaran que a partir de la sanción de la ley 26.361 los servicios pueden darse de baja de la misma forma en la que fueron contratados, es decir que se puede solicitar la baja tanto por fax como por mail y/o llamados telefónicos 

http://www.institutonordeste.com.ar/contacto.php

TELEFONÍA CELULAR
Con respecto a la telefonía celular, aclararon que ninguna empresa puede obligar al usuario a cambiar el plan unilateralmente. Solo se podrá hacer si cumplió con los plazos de permanencia que se pactaron contractualmente y está prohibido el costo de cualquier cargo que impida el cambio de una empresa o otra que afecte la libre competencia.
Aconsejan además que antes de cerrar la operación comercial se lea el contrato en su totalidad ya que representa una obligación que cumplir y se estipule el tiempo de entrega del aparato celular por escrito, ya que si la empresa no cumple podrá denunciarlo.
BAJA DE SERVICIOS
Recomiendan también dar de baja los servicios mediante una nota por duplicado ante la empresa prestadora de los mismos y una copia sellada por la firma debe quedar en poder del consumidor como comprobante del trámite.
Además, a partir de la ley 26.361 los servicios pueden darse de baja de la misma forma en la que fueron contratados, es decir que se puede solicitar la baja tanto por fax como por mail y/o llamados telefónicos. Esta ley se aplica para todo el servicio contratado con posterioridad al 16 de abril de 2008, por lo que las empresas están obligadas a suministrar un comprobante de recepción de solicitud en término de 72 horas.
TARJETAS DE CRÉDITO
Marimón explica también que si al recibir el resumen de la tarjeta de crédito aparecen gastos desconocidos, hay un plazo de 30 días para impugnarlos. En ese lapso, no se deberá abonar el cargo en cuestión hasta que el banco investigue el origen. Inclusive, aún teniendo deuda con la entidad bancaria emisora, se puede dar de baja la tarjeta de crédito.
Indican también que los cargos que no están incluidos en el contrato no pueden ser facturados en el resumen y que la ley 25.065 prevé que la renovación de la tarjeta se efectuará de forma automática, salvo expresión contraria del consumidor con un mes de antelación.
BIENES Y SERVICIOS
Con relación a los bienes muebles, detallaron que la garantía legal tendrá vigencia por tres meses cuando se trate de bienes muebles usados y por seis meses en los demás casos. La misma empieza a regir desde la fecha de entrega, pudiendo las partes convenir un plazo mayor.
Por último, explican que el tiempo que un producto en garantía pase en el servicio técnico amplía la duración de la misma y que si es necesario trasladar el bien, la empresa que cubre el servicio técnico deberá hacerse cargo del traslado.

http://www.guee.com.ar

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