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Hasta tanto no se resuelva la inconstitucionalidad planteada por el Poder Ejecutivo, regirá la medida cautelar que deja sin efectos el art. 2 de la ley 6.186. El Gobierno resalta que la violación constitucional del Poder Legislativo comienza con la vulnerabilidad del principio de división de poderes de todo estado de derecho.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) dio lugar a la medida cautelar solicitada por el Poder Ejecutivo de no innovar, con respecto al art. 2 de la ley Nº 6.186 a través de la cual la Cámara de Diputados pretende hacer remunerativo el aumento del 30 % pero solo para el Instituto de Seguridad Social Seguros y Préstamos (INSSSEP), la Administración Tributaria Provincial (ATP) y Lotería Chaqueña. Con fecha del día de hoy, el STJ dictaminó que hasta tanto no se resuelva la acción de inconstitucionalidad presentada por el fiscal de Estado de la provincia del Chaco, Osvaldo José Simoni, regirá la medida cautelar de no innovar. Es decir, que se deja sin efectos el art. 2 de la ley 6.186 y por lo tanto, cualquier paro de actividades de los trabajadores por la no aplicación de la renumeración de dicho monto es a partir de hoy, inconstitucional. Así lo anunciaron en conferencia de prensa, el vicegobernador del Chaco, Juan Carlos Bacileff Ivanoff y el subsecretario de hacienda y finanzas, Miguel Aquino, quienes legitimaron los fundamentos por los cuales el Gobierno solicitó la inconstitucionalidad de ley. El dictamen firmado por el presidente del STJ, Alberto Modi, la secretaria técnica subrogante, María del C. Ternavasio de Almirón y los jueces Ramón Ávalos y María Luisa Lucas, señala que la decisión se debe a la verosimilitud de los derechos de raigambre constitucional invocados por el Fiscal de Estado y no implica un juicio respecto a la constitucionalidad o no la ley en cuestión. El vicegobernador instó a gremios y trabajadores que suspendan las medidas de fuerzas que con este dictamen se convierten en inconstitucionales. Asimismo, indicó que si bien los sindicatos y gremios deben bregar por los intereses de quienes representan, el Gobierno tiene la responsabilidad de bregar por los intereses de todos los chaqueños sin privilegiar a un sector por sobre otros. Es por ello que pidió conciencia social y colectiva a quienes llevan adelante la protesta ya que de aplicarse la remuneración del 30%, provocaría el no cumplimiento del pacto de responsabilidad fiscal, graves daños en la economía y finanzas públicas, y podría llevar a una crisis en la gobernabilidad por las protestas del resto de los trabajadores del Estado que reclamarían igualdad ante la ley. COMENZÓ CON LA VIOLACIÓN DE LA DIVISIÓN DE PODERES Los funcionarios ratificaron los fundamentos por los cuales el Poder Ejecutivo vetó el artículo 2 de la ley. En primer lugar, señalaron que la Cámara de Diputados violó el principio de separación de poderes de toda República, garantía de un Estado de derecho democrático, extralimitándose en esferas que no le competen. De manera tal que el Poder Legislativo se excedió en sus facultades constitucionales al aumentar los gastos y sueldos fijados por el Poder Ejecutivos en la ley de Presupuesto anual. Asimismo, remarcaron que otorgar el monto remunerativo sólo a tres entes estatales va contra la filosofía de Gobierno ya que implicaría violar el principio constitucional de igualdad ante la ley al establecer otorgando un privilegio respecto a los haberes del resto del personal de la administración pública, sin motivo fundando alguno. Por último recordaron que la Constitución Provincial fija en los artículos 56 y 57 que todos los gastos y erogaciones tienen que ajustarse al presupuesto y de no ser así se debe especificar de donde surgirán los recursos para solventar el gasto. La norma que ha dispuesto el carácter bonificable no ha creado los recursos con los cuales se financiará el gasto a afrontar violando los artículos constitucionales.  |